La Corte Constitucional ordenó a la Registraduría Nacional expedir a un ex guerrillero de la Farc reinsertado, su cédula con su nombre y registro civil de nacimiento original.
Mediante la sentencia T-23 del 2016, la Corte amparó el derecho de Juan, un ex militante del grupo subversivo, quien mientras estuvo en las filas insurgentes se identificó como Alfredo y tramitó una cédula falsa para camuflar su identidad verdadera.
El afectado contó que en 2010 cuando regresó a la vida civil solicitó a la Registraduría la cancelación de una cédula y un registro civil falsos que portaba cuando hacía parte de las Farc, pero el organismo nacional le negó la petición y le informó que debía mantener esa identidad.
Llevó su caso a la Defensoría del Pueblo, pero no ha sido posible que la Registraduría le devuelva su identidad original, por lo que impetró una acción de tutela, que fue escogida por la Corte Constitucional para su revisión, teniendo en cuenta todas las afectaciones que le ha generado la negación de la Registraduría, incluyendo su ingreso al sistema de salud.
En consecuencia, la Corte ordenó a la Registraduría que “adelante un procedimiento administrativo tendiente a revisar la decisión de suspender el trámite de expedición de la cédula de ciudadanía a nombre de Juan, así como su petición de que se cancele la cédula de ciudadanía a nombre de Alfredo con número de identificación y le conceda un término al accionante para ser escuchado y presentar los documentos que considere necesarios para probar las circunstancias particulares que han rodeado el caso y que permiten respaldar su solicitud”.
Basado en este caso y frente a lo que se puede venir con la desmovilización de guerrilleros, el alto tribunal también dio órdenes a la Registraduría para que dentro de los tres meses adopte un procedimiento interno que regule casos de múltiple cedulación, señalando que debe actuar en forma oficiosa adelantando las labores necesarias para lograr la identificación precisa y exacta de una persona, cuando se evidencie que está en condiciones de vulnerabilidad y que las mismas le ocasionan dificultades para cumplir con los procedimientos administrativos o judiciales previstos en la normatividad legal vigente.
Ve también: Sistema de salud debe ajustarse de cara al post acuerdo con las Farc “http://www.opinionysalud.com.co/24285-2/”