La Superintendencia Nacional de Salud publicó los resultados de los indicadores de permanencia de las EPS del régimen subsidiado y contributivo.
La entidad de vigilancia y control realizó el cálculo del patrimonio adecuado de las EPS de acuerdo a las exigencias del decreto 2702 de 2014 el cual indica las condiciones de habilitación financiera para la permanencia de estas entidades en el sistema de salud. Los cálculos realizados con la información reportada por las EPS con corte al mes de junio de 2015 arrojaron un resultado con déficit en el margen de solvencia en 29 EPS tanto del contributivo como del régimen subsidiado por un valor aproximado a los 5,3 billones de pesos, los cuales deben ser capitalizados en un plazo no mayor de siete años.
La EPS Emssanar del subsidiado, encabeza la lista de este régimen con capital mínimo y patrimonio adecuado de 351.481.819 y 430.304780 millones de pesos respectivamente, sus afiliados suman 1.631.711. Las mismas condiciones presenta la EPS del régimen contributivo, Coomeva con 651.519.058 y 1.228.905.940 millones de pesos respectivamente y con un total de 2.861.063 afiliados.
El 43,4 por ciento de déficit corresponde al régimen contributivo y el 37,6 por ciento al subsidiado; el 19 restante pertenece a las EPS que manejan ambos regímenes.
N° de EPS | Tipo de Régimen | Valor del resultado |
10 | EPS Contributivo | -2.313,6 |
17 | ESP Subsidiado | -2.004,4 |
2 | EPS Contributivo y Subsidiado | -1.012,5 |
29 | Total Resultado | -5.333,5 |
- En el Régimen Contributivo, el defecto total de -2,3 billones de pesos producto de 10 EPS.
- En el Régimen Subsidiado El defecto total de -2 billones de pesos producto de 17 EPS.
- El defecto total de las dos EPS que manejan régimen contributivo y subsidiado (Salud Vida y Cafesalud) es de -1 billón de pesos.
En el valor total del defecto, fueron excluidas las EPS que se encuentran liquidadas y aquellas sobre las cuales el Gobierno Nacional adoptó decisión de liquidación. El déficit del sector deberá ser cubierto en un plazo máximo de siete años, de acuerdo con el al artículo 9 del decreto 2702 del 2014. A diciembre de 2015 las EPS deben cubrir el 10% del defecto.