Con reportería de Sascha Moncada Arnó
Carmen Eugenia Dávila, viceministra de Salud, indicó que la Nación no dispone de recursos asignados para el pago de No POS, pues estos están financiados por la Ley 715 de 2001, en el caso del régimen subsidiado; “en materia de competencias y asignación de recursos del Sistema General de Participaciones, es decir, no los puede tener en conformidad con la Ley”, afirmó.
El Sistema de Salud en Colombia establece que el No POS del Régimen Contributivo lo paga el Fosyga, hoy Adres, pero en el Régimen Subsidiado lo pagan departamentos y distritos, puesto que éstos tienen menos capacidad de pago que el Adres.
Para la funcionaria, la ejecución del gasto del No POS corresponde a un 80% de medicamentos y un 20% a servicios de salud, dentro de los que hay una gama importante, que la población necesita y unos que en la parte conceptual no se pueden asimilar a servicios de salud, como por ejemplo el tema de cuidadores o ascensores para personas con discapacidad”.
El gran problema
La gran problemática en materia de cartera del sector salud está representada en los recursos que departamentos y distritos le adeudan a las EPS del Régimen Subsidiado por atención de patologías No POS. El Gobierno ha hecho esfuerzos para financiar estos servicios pero al día de hoy no está resuelta la situación; rentas cedidas de juegos y azar, rentas cedidas sobre licores, son una de las fuentes que en las reformas tributarias se han dirigido a cubrir el faltante para el No POS, pero hoy los departamentos y distritos siguen desequilibrados frente a la gran demanda de los servicios.
Si bien es cierto que la Nación no posee recursos para saldar las deudas del No POS con las entidades territoriales, con el régimen subsidiado, es también cierto que el Gobierno para resolver deudas de otras características del sector salud, ha recurrido extraordinariamente a otras fuentes de dinero, pero no ha actuado de igual forma para ayudar a los departamentos a solventar su situación.
No ocurre igual en el régimen contributivo donde el Fosyga asume los servicios No POS. Es bien sabido que el Fosyga, hoy Adres, posee más disponibilidad de recursos que los departamentos y distritos.
La explicación de la Viceministra
Explicó la viceministra que estas deudas en el pasado eran presentadas sustancialmente en lo no cubierto con subsidios a la demanda que se centraban en la brecha del POS contributivo y el POS subsidiado, por lo que el Fosyga tenía unos excedentes de facturación que eran cuantiosos hace 10 o 15 años y el Congreso de la Republica los reorientaba por Ley y se asignaban los recursos a las entidades territoriales para cubrir los excedentes de facturación.
Informó Dávila a la Comisión Séptima del Senado, que la dificultad se ha venido presentando para los fondos públicos, pues esos excedentes se agotaron; “cuando se quieren generar alternativas de solución nos vamos a encontrar con la dificultad fiscal de que no hay esos excedentes, no hay recursos en algún fondo que no ha sido utilizado”.
Concluyó la viceministra diciendo que es inminente la revisión de la Ley 715 en materia de salud, “es urgente y perentoria porque el Ministerio de Salud no participa en las rentas del Sistema General de Participaciones”.
Por último recalcó que el siguiente gobierno debe trabajar con prioridad en la reforma de las competencias, “pues en los últimos años se ha tornado muy tenso”.