Mediante decreto 494 de 2019, el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia asume la gestión de cobro de las cuotas partes pensionales activas de las entidades liquidadas, que hubieren estado adscritas al Ministerio de Salud.
La asignación de estas funciones la realiza el Ministerio de Salud, consideración a la experiencia y capacidad administrativa, jurídica y organizacional que posee el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales.