Cuando esté operando el registro administrado por la Policía Nacional, las entidades públicas y privadas estarán obligadas a consultar el Registro Nacional de Ofensores Sexuales para que puedan contratar a un empleado cuya labor implique un trato habitual y directo con menores de edad.
La directora general del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), Juliana Pungiluppi, dijo que si el aspirante a un cargo ha sido condenado por delitos sexuales o por agresiones contra niñas, niños o adolescentes no podrá ser contratado. Si los empleadores hacen caso omiso podrían ser sancionados con multas de hasta 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Recalcó que “Muchos estudios coinciden en que las personas adultas que cometen delitos, tienen alta probabilidad de reincidir. Según el Inpec, 1.825 personas detenidas por violencia sexual en el 2018, ya habían estado presas”.
Reveló que a abril de este año, el ICBF tenía bajo su protección 17.671 víctimas de abuso sexual y que en el 45% de los casos reportados ante Medicina Legal, los culpables o acusados eran miembros de la familia”. Cada día el ICBF abre 36 Procesos de Restablecimiento de Derechos (PARD) en favor de niños y niñas víctimas de violencia sexual, siendo ésta la causa número uno de apertura de procesos.
Al respecto, la directora del Icbf reiteró que “proteger a los menores de edad de la violencia sexual es posible y es responsabilidad de todos. Con el decreto, Colombia se convirtió en el segundo país de América Latina en contar con una herramienta de este tipo que permitirá alejar a los abusadores de nuestros niños”, resaltó Pungiluppi