La Corte Constitucional no aceptó flexibilizar la sentencia como lo pedía el Gobierno nacional a fin de poder retomar las aspersiones con glifosato prohibidas desde 2015 en Colombia.
Las fumigaciones no podrán regresar hasta que se haga una tarea que lleva dos años de atraso.
Así, la Sala Plena de la Corte dejó en firme las condiciones para la reanudación de las fumigaciones de glifosato en Colombia.
La decisión se tomó tras concluir que el Gobierno, aunque no lo expresa el alto tribunal, no cumplió con las exigencias o mejor aún, las condiciones hechas para revisar esta práctica.
La decisión sobre la reanudación de aspersión aérea con glifosato está en manos ahora del Consejo Nacional de Estupefacientes.
El fallo
El fallo de la alta corte indica: “Requerir a las autoridades designadas por el Consejo Nacional de Estupefacientes para que continúen y concluyan a la mayor brevedad posible el procedimiento de consulta con las comunidades étnicas y el Consejo Comunitario Mayor de Nóvita (Chocó). Asimismo, requerir a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo para que supervisen, de manera conjunta, el cumplimiento de lo dispuesto en el ordinal segundo de la parte resolutiva de la Sentencia T-236 de 2017”
También la Corte advierte que para la reanudación del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con Glifosato (PECIG), suspendido mediante las Resoluciones 006 de 2015 del Consejo Nacional de Estupefacientes y 1214 de 2015 de la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), deberán cumplirse los requisitos previstos.
Por ejemplo, la existencia de una consulta previa con las comunidades étnicas con el fin de conocer si han sufrido afectaciones por el uso del glifosato.