La Corte Constitucional hizo un nuevo llamado al Gobierno nacional para que se siga avanzando en las políticas de regulación de sobrecostos de los medicamentos.
En un nuevo pronunciamiento sobre la Sentencia T-760 del 2008 en la que dictaminó 16 mandatos a las autoridades del Sistema General de Seguridad Social en Salud para que fueran corregidos errores y se adoptaran las medidas necesarias para conjurar las fallas del sistema, la Sala de Revisión solicitó al Ministerio de Salud y Protección Social y a la Comisión Nacional de Medicamentos y Dispositivos Médicos que continúen con las políticas de regulación de sobrecostos de los medicamentos.
Así mismo solicitó que “mantengan informada a la Sala Especial de Seguimiento mediante la remisión de reportes trimestrales que permitan comparar en cada periodo los datos registrados y evidenciar como mínimo (i) la normatividad emitida en la materia, (ii) la inclusión de medicamentos al régimen de control de precios, (iii) la exclusión de fármacos del control de precios, las razones para ello y la indicación de cómo participó la población usuaria, (iv) los montos que ahorró el sistema de salud en cada periodo reportado con las medidas implementadas (v) las acciones desplegadas para garantizar la transparencia en la desregulación de medicamentos y (vi) si con posterioridad a la inclusión de un medicamento en el régimen de control de precios se presentó el fenómeno de desabastecimiento del mercado farmacéutico en relación con el mismo”.
Este pronunciamiento coincide con el llamado que ha venido haciendo el Observatorio del medicamento (Observamed) de la Federación Médica Colombiana, que ha alertado que los recobros no ha disminuido en lo que corresponde a medicamentos no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS).
En tanto también requirió a la Procuraduría General de la Nación, a la Superintendencia Nacional de Salud, a la Contraloría General de la República y a la Fiscalía General de la Nación, para que continúen desarrollando sus labores de investigación en relación con las faltas disciplinarias, administrativas, fiscales y penales según corresponda, en materia de sobrecostos de medicamentos.
En ese mismo sentido la Corte Constitucional pidió que se le informe los datos registrados y evidenciar como mínimo: (i) el número de investigaciones iniciadas y en curso, (ii) la cantidad de fallos con responsabilidad emitidos, (iii) cuántas personas o funcionarios fueron declarados responsables (si procede), (iv) a qué valor ascienden los recursos involucrados en las investigaciones (si procede), (v) qué valores han sido recuperados (si procede) y (vi) el valor de las sanciones impuestas (si procede).
La Corte si bien celebró que se establecieron controles “en el mercado de dispositivos médicos”, que le permitieron ahorrar al Estado casi 5 billones entre 2014 y 2018, “siguen faltando acciones que garanticen la sostenibilidad financiera en la prestación de servicios de salud en el país frente al cobro de medicamentos, pues el seguimiento no “evidenció que el Gobierno expidiera una nueva política farmacéutica”, como lo exige la Ley Estatutaria.
Tampoco se encontró que bajaran los recursos destinados al pago del recobro por la prestación de tratamientos y tecnologías no incluidas en plan de beneficios en salud.
Para la Corte Constitucional ha habido un nivel medio de cumplimiento del numeral sexto consagrado en el auto 263 de 2012 en relación con la orden vigésimo cuarta de la sentencia T-760 de 2008.
Lea aquí el texto completo del pronunciamiento de la Corte Constitucional: Seguimiento-a-la-sentencia-T-760-de-2008.-Regulación-de-precios-de-medicamentos.