Una llamativa sanción de apenas 82 millones 811 mil millones de pesos le impuso la superintendencia de Industria y Comercio a laboratorios Pfiser por vender a diferentes clientes del canal institucional, siete medicamentos que superaban el precio máximos fijados en la Circular 04 de 2012, la cual fue emitida por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
La que parece una irrisoria multa obedece a que pese a la amplia diferencia entre el precio regulado y el precio que utilizaba el laboratorio, la legislación actual no le permite a la Superindustria imponer una multa más alta que la utilizada para este caso: 82.811.600 pesos, que se habrían pagado vendiendo 738 unidades de medicamento oftalmológico con el valor que había impuesto el laboratorio en 2016.
La empresa aseguró en un comunicado que es ” una compañía ética y respetuosa de la regulación colombiana y la legislación vigente en materia de precios y es enfática en afirmar que no ha vendido por encima de los precios regulados los medicamentos mencionados en dicha resolución”.
La Superindustria determinó que Pfizer aumentó el valor del medicamento antidepresión Efexor xr 150 mg en 4% para su presentación de 30 cápsulas y en 19% para la de 10 cápsulas, para el Efexor xr 75 mg lo subió en 76% y el mayor aumento en medicamentos de este tipo lo tuvo fue la presentación de 37,5 mg cuyo precio máximo establecido por las autoridades era de $15.172 y Pfizer lo vendía a $67.956, tres veces y media más de lo permitido.
Además, el laboratorio aumentó el precio de otros tres medicamentos tuvieron un incremento entre 43% y 631%, como es el caso de las gotas oftalmológicas Xalatan, que debían costar máximo $14.933 y el laboratorio las vendía en $112.167, superando en más de seis veces lo permitido.
En la misma investigación contra Pfizer, la entidad de control abrió investigaciones administrativas a la empresa Droguerías y Farmacias Cruz Verde, así como a la Caja de Compensación Familiar (Cafam).
La razón es que ambas entorpecieron las labores de vigilancia, inspección y control de la Superindustria por lo que esta les abrió su propio proceso.
Ahora, Cruz Verde y Cafam tendrán derecho a alegar la decisión y presentar pruebas como defensa para evitar correr el mismo destino del laboratorio y recibir la orden de pagar una multa, según establezca el régimen sancionatorio del consumidor. En cualquier caso, podrán apelar la decisión ante la misma dirección y si aún no quedan satisfechos, podrán pedir un nuevo concepto de la Delegatura encargada de este sector.