Una tutela que ordenó una medida provisional contra la liquidación de la EPS Emdisalud, mantiene en vilo la decisión que había adoptado meses atrás la Superintendencia de Salud con respecto a dicha EPS.
El Juzgado Penal del Circuito de Lorica (Córdoba) le ordena a la Supersalud, como medida provisional, en un término no superior a 48 horas, suspender la liquidación y volver a habilitar a la EPS para prestar los servicios de salud con normalidad.
En carta blanca el fallo determina que se devuelvan a Emdisalud, no solo los bienes, sino los cerca de 445.252 usuarios que el pasado, 1 de noviembre de 2019, fueron acogidos por las 11 aseguradoras que el Ministerio de Salud había dispuesto, para recibirlos.
El juzgado señaló en su decisión: “Decretar la medida provisional solicitada. En consecuencia, se ordena en forma provisional hasta que se adopte el fallo de tutela, levantar las medidas cautelares de funcionamiento y toma de posición de haberes y negocios ordenados mediante la resolución 8929 del 2019 y la intervención forzada administrativa para liquidar que recae contra Emdisalud quedando en estado inicial antes de su aplicación continuando con la prestación del servicio a los afiliados”.
La liquidación de la EPS se había confirmado el pasado 8 de octubre, entre otros hallazgos, por graves denuncias que evidenciaban los incumplimientos en la cobertura de la prestación de los servicios para baja y alta complejidad, que para el trimestre de 2019 era de 49,56%, además de presentar un patrimonio negativo de -402.491 millones de pesos y no cumplir con los parámetros de solvencia y liquidez.
Se trata del segundo fallo de tutela que deja en entredicho las actuaciones de la Supersalud en torno a la liquidación de aseguradoras de salud que no cumplen con los requisitos de funcionamiento tanto en parte financiera como funcional.
Lo cuestionable de las decisiones jurídicas es que la peor parte la están llevando los usuarios, quienes pasan del timbo al tambo buscando quien los atienda, pues las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) y las ESE (hospitales), aun siendo públicos, se niegan a recibirlos o prestar atención médica, alegando incertidumbre en quién asumirá los costos de dichos servicios.