La Contraloría General de la República imputó responsabilidad fiscal solidaria, por un detrimento patrimonial total de $219.734 millones de pesos, contra el exinterventor de la EPS Saludcoop, Guillermo Grosso Sandoval, por varias irregularidades presentadas en el proceso de intervención de esta empresa durante su administración, que fue del 27 de mayo de 2013 al 24 de noviembre de 2015.
La misma imputación se le aplicó a Luis Martín Leguizamón Cepeda, agente especial liquidador de Saludcoop EPS OC, durante el período del 25 de noviembre de 2015 hasta el 20 de junio de 2016, por cuantía de $125.839.654.224.
Y contra Ángela María Echeverri Ramírez, quien fue agente especial liquidador, durante el período del 21 de junio de 2016 hasta el 01 de octubre de 2019, por cuantía de $2.549.481.193.
Así mismo la Contraloría archivó los procesos contra los Agentes Liquidadores por otros hechos objeto de investigación, al demostrarse que en tal caso su conducta no ocasionó ni contribuyó a la causación del daño al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Las irregularidades
Según la Contraloría, entre los actos de corrupción cometidos por estos ex funcionarios, figuran:
Anticipos realizados por Saludcoop EPS OC en intervención a la corporación IPS Saludcoop con recursos de la Unidad de Pago por Capitación – UPC-, para gastos no asociados a la prestación de servicios de salud a los afiliados a la EPS, en cuantía de $75.974.494.154.
Giro de recursos de la UPC bajo la figura de endoso, realizados por la entidad intervenida, para atender gastos asociados a contratos de arrendamiento suscritos por la Corporación IPS Saludcoop con la sociedad RV Inmobiliaria por valor de $802.160.647.
Falta de seguimiento y control sobre los giros directos realizados por el Consorcio SAYP a favor de la Corporación IPS Saludcoop, entre septiembre y noviembre de 2015, previa autorización de la EPS, lo que ocasionó que los recursos de la parafiscalidad por valor de $121.165.078.440, no fueron legalizados ni recuperados.
Provisión y castigo de cartera de cuentas por cobrar a las sociedades vinculadas al grupo Saludcoop, por valor de $3.954.559.135.
Provisión y castigo de cartera por conceptos de anticipos y avances a terceros no vinculados con el mismo Grupo, por valor de $1.229.144.825
Provisión y castigo de cartera por concepto de anticipos y avances por tutela, por valor de $1.320.336.368.
Y exceso en el porcentaje permitido para los gastos de administración durante la vigencia 2015, por valor de $15.288.699.693,78
A partir de la fecha de notificación del auto de imputación y durante el periodo de traslado fijado por la Ley 610 de 2000, los imputados tendrán oportunidad de presentar sus descargos, argumentos de defensa y pruebas.