Luego de su radicación el pasado 31 de marzo y de celebrarse la Semana Santa, arranca la discusión en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, el proyecto de ley 339 de Reforma a la Salud.
La transformación de las Empresas Promotoras de Salud EPS en Entidades Gestoras de Salud y Vida (EGVIS); la puesta en funcionamiento de los Centros de Atención Primaria en Salud CAPS, que se encargarían de afiliar a sus usuarios; así como la creación del Consejo nacional de Salud, y de la Comisión Intersectorial Nacional de Determinantes de Salud y Salud Pública, son algunas de las propuestas que quedaron plasmadas en el Informe de ponencia para primer debate al Proyecto “Por medio del cual se transforma el Sistema de Salud en Colombia y se dictan otras disposiciones”.
El capítulo XVI está dedicado en su totalidad a las EPS, y en su artículo 141 señala que las actuales EPS que operan en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, podrán continuar haciéndolo hasta “por dos años siempre que cumplan las condiciones de permanencia que se les aplica”.
Establece que en estos dos años deberán “Colaborar en la organización de las Centros de Atención Primaria en Salud conforme a la organización de las redes integrales e integrada de servicios de salud por parte del Ministerio de Salud y Protección Social que serán financiados por parte de la Adres”.
Además tendrán que sujetarse al giro directo por parte de la Adres a las instituciones de provisión de servicios de salud públicas, privadas y mixtas, proveedores de tecnologías en salud o farmacéuticos y demás servicios requeridos para garantizar la prestación de servicios de salud a la población asignada.
Al pasarse esos dos años, las EPS que así lo decidan podrán transformarse en Entidades Gestoras de Salud y Vida (EGVIS), pero para ello deberán estar a paz y salvo con los acreedores en el marco de la normatividad que las rige.
Afiliación
En cuanto al tema de la afiliación en la actualidad conocido como aseguramiento y que está bajo la custodia de las EPS, el proyecto contempla que los afiliados de las EPS que se disuelvan pasarán a ser usuarias bien de la Nueva EPS, o de las EPS que sobrevivan a las transformaciones.
“Para el reordenamiento territorial de los afiliados durante la transición, la Nueva EPS o las EPS existentes podrá asumir los afiliados de EPS liquidadas o en incapacidad de atenderlos”, dice el articulado.
A su vez, la Nueva EPS contratará los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud -CAPIRS, si fuere necesario, o adscribirá la población a ella afiliada en tales Centros que estén operando bajo las reglas del nuevo Sistema de Salud, en las subregiones o municipios priorizados en su implementación.
A partir de la vigencia de la presente Ley, no habrá autorización de ingreso al Sistema de Salud de nuevas EPS.
Funciones de las EPS en período de transición
Las EPS, durante la transición y evolución posteriormente mediante las formas jurídicas en las que se transformen, que determinen como más funcionales a su operación podrán:
- Escindir y especializar sus instituciones de prestación de servicios de baja, mediana y alta complejidad e integrarlas a las redes de atención integrales e integradas.
- Organizar y operar los Centros de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud – CAPIRS bajo las reglas del Sistema de Salud, proveer servicios de gestión de facturas y auditoría durante la transición o bien estructurar firmas auditoras que podrán ser contratadas por el Adres.
- Las EPS podrán acordar con el Minsalud, la Adres o las entidades territoriales, según corresponda, cuando decidan la suspensión de operaciones y no deseen transitar a la prestación de servicios de salud, la venta de infraestructura de servicios de salud u otras modalidades de disposición de tal infraestructura física y las dotaciones, a fin de garantizar la transición.
Rectoría y gobernanza
Teniendo en cuenta tales cambios, el artículo 7° define entonces que “la rectoría y dirección del Sistema de Salud será ejercida por el Ministerio de Salud y Protección Social”.
En otro aspecto, el artículo 44 describe que los Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) serán una unidad polifuncional de base territorial de las Redes Integrales e Integradas de Servicios de Salud, en los que se establece el primer contacto de la población con el sistema de salud, que organiza la adscripción poblacional y presta servicios del nivel primario individuales, colectivos, sociosanitarios, ambientales a nivel intra y extramural.
Los CAPS serán responsable de los programas y equipos de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y el fortalecimiento de la participación social con la población asignada. Igualmente, será el punto de origen obligatorio de las órdenes de referencia y contrarreferencia para la atención de la población asignada hacia la red hospitalaria y especializada de mediana y alta complejidad. Todas las personas, sus familias y hogares deberán estar adscritos a un Centro de Atención Primaria Integral Resolutiva en Salud de su preferencia en función de su lugar de residencia.
De otra parte el Consejo Nacional de Salud estará conformado por cinco (5) representantes del Gobierno Nacional: el Ministro de Salud y Protección Social, quien lo presidirá; el Ministro de Hacienda y Crédito Público; el Ministro del Trabajo; el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Director de Planeación Nacional.
Igualmente se dará representación en la conformación del Consejo a los siguientes estamentos: gobiernos territoriales, trabajadores, profesiones de la salud, pacientes, academia, facultades y escuelas de salud, empresarios y grupos étnicos.
Empieza el debate
Según los congresistas que radicaron la ponencia de la Comisión Séptima en Cámara, este proyecto que empieza a hacer tránsito este lunes, acumula los proyectos de Ley 340, 341 y 344 de 2023, que fueron radicados por opositores del Gobierno.
Los coordinadores de la iniciativa son Alfredo Mondragón del Pacto Histórico, Germán Rogelio Rozo del Partido Liberal, Martha Alfonso de la Alianza Verde y Gerardo Yepes, del Partido Conservador.
Los ponentes del proyecto serán Germán Gómez, de Comunes, Juan Felipe Corzo, Centro Democrático, Betsy Pérez, de Cambio Radical, Camilo Ávila, de ‘la U’ y Juan Carlos Vargas, de las curules de Paz.
Sin embargo, hubo tres congresistas que no firmaron la radicación del proyecto: de Cambio Radical, Betsy Judith Pérez, del Centro Democrático Juan Felipe Corzo del Partido Liberal, Germán Rozo.