
La medida fue impuesta por el término de un año al encontrar riesgos financieros administrativos y de salud.
La EPS Capital Salud opera el régimen subsidiado y su población afiliada está principalmente en Bogotá. Por ahora, la entidad deberá presentar a la Superintendencia Nacional de Salud un plan de acción en el que establezca todas las operaciones a implementar durante el término establecido para subsanar en el menor tiempo posible los aspectos que dieron origen a dicha medida.
Entre los riesgos financieros se encontró que la EPS Capital Salud presenta un deterioro de sus indicadores financieros con respecto al promedio de entidades el régimen subsidiado, en la actualidad no cumple con la condiciones de solvencia … realiza la autorización de giros directos a las IPS por debajo del porcentaje establecido en la normatividad vigente, presenta riesgos de salud operativos, no existe una gestión adecuada para garantizar el acceso y oportunidad en la atención, falta de gerencia oportuna del riesgo en salud debido a un desconocimiento de su población y de sus condiciones de morbimortalidad, no cuenta con cobertura de red de prestación de servicios para la totalidad de su población
Comportamiento de Peticiones, Quejas y Reclamos (PQRD)
- La EPS Capital Salud registra un porcentaje de participación de PQRD del régimen subsidiado con un 7,82 por ciento.
- Presenta un crecimiento porcentual de PQRD entre enero y septiembre de 2015 en un 82,14 por ciento comparado con el mismo periodo en el año 2014.
- El motivo de mayor recurrencia en quejas para la EPS está relacionado con la restricción en el acceso a los servicios de salud, particularmente falta de oportunidad para la atención, demoras en la autorización y restricción en el acceso por fallas en la afiliación.
Dentro del seguimiento y monitoreo al cumplimiento del plan de acción, Capital Salud debe presentar a la Delegada de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, un informe mensual de gestión dentro de los primeros 5 días de cada mes durante el término de la medida.
Adicionalmente, Capital Salud debe dar cumplimiento a las condiciones de giro directo para las EPS que se encuentran en medida de vigilancia especial y por tanto, asignará el 80% de los recursos que percibe por la Unidad de Pago por Capitación a los hospitales públicos y privados que atienden a sus afiliados.




