Así lo evidencia el dato conocido por www.opinionysalud.com.co, que muestra que las pruebas para detectar el Covid-19 que han hecho con corte a 24 de mayo, las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), son prácticamente mínimas frente a las que han practicado las entidades territoriales.
Quienes más han realizado exámenes son las entidades territoriales que les corresponde la Población Pobre No Asegurada PPNA 43.3, el Instituto Nacional Penitenciario (Inpec) 32.4 y la empresa Ecopetrol 24.5. La EPS Aliansalud ha realizado 11.2 pruebas, Sura 9.2, Univalle 8, Sanitas 7.5, algunas universidades y las Empresas Públicas de Medellín, siguen en la lista, pero las demás EPS están por debajo del 4.6 del listado.
Según los lineamientos que dio en abril el Ministerio de Salud, “Las pruebas diagnósticas que se realicen en el marco de una atención en salud de carácter individual estarán a cargo de las EPS o Empresas Obligadas a Compensar- (EOC), con cargo a los recursos de presupuestos máximos”.
Y en una alocución del 17 de abril el ministro Fernando Ruíz, reiteró que era obligación de las EPS practicar el mayor número de pruebas a sus afiliados. Sin embargo esto ha quedado en letra muerta.
De hecho esta semana la Procuraduría General de la Nación instó a la adopción de acciones inmediatas que garanticen la emisión y entrega de los resultados de las pruebas con mayor celeridad, y exhortó a las gobernaciones, alcaldías, secretarias de salud y Entidades Administradoras de Planes de Beneficios –EAPB-, para que aúnen esfuerzos y practiquen la mayor cantidad de muestras que permitan monitorear, identificar, analizar y diagnosticar los riesgos de la población frente al contagio de Covid-19.
Al hecho de las pocas pruebas que se han hecho por parte de las EPS se suma la demora en la entrega de resultados.
Es decir, entidades como la Procuraduría General de la Nación y la propia Superintendencia Nacional de Salud reconocen que las cifras que hoy se están entregando sobre números de contagiados en el país, podría ser menor a la real, al poner de manifiesto que ni se están practicando el suficiente número de pruebas, ni se conocen una gran cantidad de resultados a quienes se les han practicado exámenes.
Fuente: Gestarsalud
Demora en entrega de resultados
Según la Procuraduría hay más de 15.053 pruebas para Covid-19 que se encuentran pendientes en Bogotá y 26 departamentos a la espera de los resultados, lo cual dificulta aún más el panorama y evita conocer una realidad de lo que está ocurriendo en el país con el Covid-19.
El Ministerio Público, en una acción preventiva con corte al 25 de mayo, estableció que un 54% de esos resultados correspondía a los laboratorios autorizados para el procesamiento de las pruebas, y el otro 46% al Instituto Nacional de Salud – INS.
Para el ente control la carencia de estos análisis dificulta la activación correcta y oportuna de los mecanismos de vigilancia sanitaria y epidemiológica sobre las personas que resulten positivas para el Covid-19.
Llamado de la Supersalud
Mientras que la Superintendencia Nacional de Salud expidió hoy jueves la Circular 010, en la que, entre otras cosas, dio instrucciones a las direcciones departamentales y distritales de Salud para monitorear el cumplimiento de las metas de pruebas diagnósticas de Covid-19, para la toma de muestras mínimas requeridas por las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios en sus regiones, según lo establecido por el INS, así como realizar la toma de muestras necesarias en la población no asegurada y en las comunidades de su competencia.
La directriz también instruye a las EPS, las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), las entidades adaptadas, los regímenes especiales y de excepción, así como a las entidades territoriales del nivel departamental y distrital, para que diligencien y alleguen toda la información relacionada con los casos de covid-19 diagnosticados en laboratorios.
En la circular, la Supersalud les ordenó a las EPS, entidades adaptadas y regímenes especial y de excepción garantizar que los laboratorios a cargo del procesamiento de las pruebas diagnósticas de Covid-19 de sus afiliados, se encuentren inscritos en la Red Nacional de Laboratorios (RELAB) y estén autorizados por el Instituto Nacional de Salud (INS) para tal fin.
Así mismo, deben asegurar las pruebas para el diagnóstico de covid-19, así como el procesamiento y los correspondientes resultados, de acuerdo con lo establecido por la Resolución 521 de 2020 en población mayor de 70 años o más, que tengan condiciones crónicas de base o inmunosupresión por enfermedad o tratamiento y gestantes, con calidad y oportunidad.
La Superintendencia les ordenó a las ARL garantizar la búsqueda activa de casos de Covid-19 y la realización de pruebas a los trabajadores de la salud, así como también realizar la verificación a los prestadores de servicios de salud y las instituciones de protección social a su cargo, para que realicen la identificación, registro y reporte de casos de personal que presente exposición a un caso confirmado.
El máximo órgano de control de la salud estableció el diligenciamiento y envío de información quincenal de cuatro reportes específicos que los actores de la salud deben empezar a entregar a partir de este 31 de mayo, y a más tardar el primero de junio próximo, relacionada con la detección de casos de Covid-19.
Un quinto reporte está relacionado con las pruebas relacionadas para Covid-19 en las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB). Este reporte debió iniciarse diariamente desde el pasado 25 de mayo, pero debido a algunas dificultades técnicas presentadas en la plataforma de la SuperSalud, no se impartirán alertas o sanciones. Estas dificultades ya fueron solucionadas y el cargue se puede realizar normalmente.