El Acuerdo de Punto Final anunciado recientemente en Medellín por el presidente Iván Duque y su ministro de Salud, Juan Pablo Uribe, si bien viene a aliviar en alguna medida el déficit financiero en que se debate el sistema de salud en Colombia, es apenas una de las tantas tareas que se requieren para superar la crisis del sector.
Lo primero en aclarar es que este mecanismo se refiere únicamente al saneamiento de las deudas por recobros de servicios, tecnologías y medicamentos no incluidos en el POS, es decir, no financiados por la UPC.
Se pretende sanear acreencias por el orden de 4,5 billones de pesos que mantiene la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), con las EPS del régimen contributivo y 1,5 billones de pesos de las administraciones departamentales, distritales y la misma ADRES a las EPS del régimen subsidiado.
Estos valores corresponden en su gran mayoría a servicios y tecnologías que le suministraron a los pacientes, luego de interponer acciones de tutela, y que fueron posteriormente recobrados por las EPS ante el desaparecido Fosyga.
En el 2008 la Corte Constitucional, en su sentencia T-760, que acumuló cientos de fallos de tutelas contra EPS, en su punto 6.2.3. ordenaba al Gobierno en cabeza del Ministerio de Salud corregir las trabas en el sistema de recobros, advirtiendo ya para la época, 11 años atrás, que las solicitudes de recobro al Fosyga tendían a crecer de manera descontrolada.
“El gran volumen de solicitudes de recobro bajo el sistema actual implica un alto costo de transacción ya que cada solicitud se debe presentar, ha de ser auditada, y una vez aprobada debe ser pagada de manera individual. Este proceso genera un retraso en el reembolso de las sumas adeudadas y demoras en el flujo oportuno de recursos para financiar el goce efectivo del derecho a la salud. También produce un alto grado de imprevisibilidad en las EPS acerca de la cantidad de recursos disponibles, lo cual a su vez impide que dentro de estas entidades se pueda realizar una adecuada planeación de las inversiones en el sistema, con miras al mejoramiento de la prestación de los servicios. Todo ello ha afectado el derecho de las personas a acceder a los servicios de salud y ha puesto en peligro la vida y la integridad de miles de usuarios del sistema”.
El tiempo le dio la razón a la Corte y habría que decir que la falta de voluntad política no solo de gobiernos anteriores sino de todos los actores del sector para “corregir” las flaquezas, terminaron ahogando al sistema.
Pero este no es el único inconveniente financiero y fiscal que mantiene el sector.
Aún están pendientes las deudas que dejaron las EPS liquidadas a los hospitales e IPS privadas, pues este Acuerdo de Punto Final solo contempla el desembolso de dineros que quedó debiendo Caprecom. O sea que se habla de otros 4 billones de pesos que dejaron de pagar las desaparecidas Solsalud, SelvaSalud, Saludcoop, Humana Vivir, Salud Cóndor y Golden Group y por los cuales aún no se sabe quién responderá.
Y por otro lado está la llamada “deuda silenciosa” de las EPS que trabajan a pérdida, es decir, que ejecutan costos mayores a sus ingresos, lo cual se traduce en patrimonios negativos que hoy día equivalen a 4 billones de pesos, afectando de manera particular a EPS públicas o mixtas en grandes ciudades, siendo las más representativas las siguientes:
De no tomarse medidas con estas aseguradoras, en poco tiempo se estará hablando de cuentas incobrables por parte de hospitales y clínicas.
Frente a este panorama, no se puede hablar de un Acuerdo de Punto Final como lo plantea el Gobierno, que aun cuando se le reconoce su intención de darle solución al problema, solo aborda una arista de las varias que atraviesan el engranaje financiero del sistema de salud.
En cambio, el Gobierno bien podría adoptar medidas para ganar eficiencia administrativa y financiera en la prestación de los servicios que están excluidos del Plan de Beneficios. Entre ellas, actualizar de manera permanente el plan de beneficios, ajustando el valor de la UPC.
Y finalmente tomar atenta nota de lo ordenado al Ministerio de Salud por la Corte en la mencionada sentencia: “Prever un estimativo del monto de recobros por un período de tiempo por cada entidad aseguradora, con base en el histórico de recobros de cada entidad, y la correspondiente compensación de acuerdo a los recobros efectiva y legalmente causados, y se agilizaría el flujo de recursos para financiar servicios de salud y aseguran el goce efectivo del derecho”.