El ministerio de Salud y Protección Social emitió el pasado 31 de enero, Resolución No. 246 mediante la cual amplía el plazo hasta el primero de febrero de 2020, para que las entidades responsables de la organización y operación del procedimiento de certificación de discapacidad y del Registro de localización y caracterización de las personas con discapacidad (RLCPD), inicien la expedición de los certificados de discapacidad atendiendo lo previsto en la resolución.
Esta resolución modifica la Resolución 583 de 2018, en la cual se implementó la Certificación de discapacidad y el Registro de localización y caracterización de las personas con discapacidad (RLCPD) y en la cual se determinó que las entidades responsables de la organización y operación del procedimiento de certificación de discapacidad y del RCLCPD dispondrán hasta el primero de febrero de 2019 para iniciar la expedición de los certificados de discapacidad.
Sin embargo el Ministerio consideró necesario ampliar el período para que los responsables de la organización y operación del procedimiento de certificación de discapacidad y del RLCPD, adecuen los sistemas de información y procesos internos que permitan dar inicio a la expedición de los certificados en el marco del procedimiento dispuesto.
Además considera el ente rector del sector salud que no obstante las 37 jornadas de capacitación que se llevaron a cabo con profesionales de la salud en 31 departamentos y los cuatro encuentros regionales que se desarrollaron el año pasado, se hace necesario contar con un mayor número de profesionales formados y acreditados que permitiera la conformación de los equipos multidisciplinarios suficientes en las entidades territoriales, para dar respuesta efectiva a la demanda de la población.