Plenaria del Senado aprobó la iniciativa que contradice la reciente ley que convierte a todos los colombianos en potenciales donantes de órganos y conlleva a la confusión”.
Como un reversazo a la política de donación de órganos en el país, podría catalogarse el proyecto de ley que fue aprobado recientemente en el Congreso de la República, y que está ya para sanción presidencial, el cual consagra que quien quiera ser donante deberá expresarlo al momento de sacar su cédula de ciudadanía y su pase de conductor.
Como se recordará el pasado mes de agosto fue sancionada la ley Ley 1805 de 2016 de autoría del representante Rodrigo Lara, la cual reglamentaba la presunción de donante de todos los colombianos. Es decir que sin una voluntad expresa todo colombiano que fallecía era un potencial donante de órganos.
Sin embargo, la plenaria del Congreso aprobó el proyecto de Ley por medio del cual se ordena a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Ministerio de Transporte, plasmar la voluntad de ser donante de órganos, tejidos y células, de la persona que así lo acepte al momento de expedición de la cédula de ciudadanía y licencia de conducción, que se hará efectiva solo después de su fallecimiento.
Según sus ponentes, la ley busca “alimentar la base de datos del Registro Nacional de Donantes de órganos y tejidos, facilitando los mecanismo para que los colombianos depositen la voluntad expresa de quienes por diferentes motivos no pueden o no desean ser donantes, minimizando así los costos de evaluación de idoneidad de los presuntos donantes y agilizando los procesos de identificación de donantes aptos que contribuirían a salvar vidas en situaciones donde el tiempo es vital y aumentando así la tasa de donación en Colombia”.
Nueva ley iría en contravía de la ley de donación de órganos
La nueva Ley señala que “dentro del trámite de expedición de los documentos de identificación en cualquiera de sus modalidades, deberá incluir dentro del formulario de solicitud correspondiente una opción para que las personas manifiesten de manera expresa su deseo de ser o no, donantes de órganos, tejidos y células, con el fin de que estos sean utilizados después de su fallecimiento, para trasplante o implante en otra persona, con objetivos terapéuticos”.
Y agrega en su articulado que “la voluntad de donación expresada en vida por una persona, solo puede ser revocada por ella misma y no podrá ser sustituida después de su muerte por sus deudos y/o familiares”, así como que “a partir de la vigencia de la presente ley, también se permitirá a los ciudadanos expresar su negativa como donante de órganos, tejidos y células ante las entidades que conforman el sistema de aseguramiento de salud”.
Este nuevo acto legislativo, contradice lo expresado por la Ley 1805 pues ésta resalta la manifestación de oposición a la presunción legal de donación y consagra que “Toda persona puede oponerse a la presunción legal de donación expresando su voluntad de no ser donante de órganos y tejidos, mediante un documento escrito y que deberá autenticarse ante Notario Público y radicarse ante el Instituto Nacional de Salud (INS), y también podrá oponerse al momento de la afiliación a la Empresa Promotora de Salud (EPS), la cual estará obligada a informar al Instituto Nacional de Salud (INS)”.
Es decir mientras en la primera Ley se presume la voluntad de ser donante y se obliga a declarar de manera expresa la oposición a serlo, en esta nueva ley se dice todo lo contrario, quien quiera ser donante debe expresarlo y no se da por hecho.
¿Qué dicen los expertos?
Esta nueva legislación, según expertos, conlleva a la confusión, pero además, no permite avanzar en la concientización de la población en tan importante aporte para salvar vidas humanas.
En los últimos años la brecha entre donantes potenciales y personas en lista de espera se ha incrementado, de tal forma que crecen en mayor medida las personas con necesidad de un órgano que las personas dispuestas a donar uno.