Mucha suspicacia ha generado en el sector salud la expedición del Decreto 1978 el pasado 6 de octubre, en el cual el Gobierno nacional habilita de manera excepcional a EPS ya liquidadas para que atiendan “a población repatriada, retornada, deportada o expulsada en los municipios de frontera el asunto”.
Argumentando la complicada situación que se ha presentado en los departamentos fronterizos por los deportados de Venezuela, pero sin tener en cuenta las razones por las cuales fueron liquidadas o intervenidas tales EPS, el Decreto autoriza a la Superintendencia Nacional de Salud para que habilite (o rehabilite) aquellos programas de EPS del régimen subsidiado que se encuentren en medida de intervención forzosa administrativa para liquidar y que, antes de su intervención, contaran con población asegurada en cualquiera de los municipios fronterizos.
El Decreto estipula además que el proceso liquidatorio del respectivo programa continuará hasta su cierre definitivo, mientras que la habilitación se otorgará sobre un nuevo programa de EPS del Régimen Subsidiado.
Para algunos entendidos en la materia, la consabida norma terminará beneficiando directamente a las Cajas de compensación Confaoriente y Comfanorte en Norte de Santander, pues la primera actualmente tiene una medida de intervención administrativa y está en proceso de liquidación, y la segunda fue liquidada hace ya algún tiempo, pero se le abre la posibilidad de regresar al mercado.
Fuentes consultadas por OpinionySalud consideran que el Gobierno de alguna manera está preparándose para la liquidación de Caprecom, teniendo en cuenta que en Norte de Santander es la EPS que mayor número de usuarios atiende en el régimen subsidiado.
Otros en cambio advierten que pese al Decreto, ninguna EPS liquidada debe entrar a participar en el sistema, sin habilitación y mucho menos sin comprobarse que ha superado las deficiencias que provocaron su liquidación, cierre o intervención.
Magdalena Flores, gerente de EPS Ecoopsos, que maneja régimen subsidiado y que opera también en ese departamento, consideró que si una EPS ya no está operando no debería recibir afiliados, a menos que se haya retirado del régimen subsidiado, pero siga funcionando en el régimen contributivo.
Agregó que cabría otra posibilidad y es que después de tres años de liquidada una EPS puede solicitar nuevamente su habilitación si cumple sus requisitos porque eso lo permite la ley.