La Alcaldía de Barranquilla, mediante el decreto 0328, reglamentó el proceso de elección de representantes de personas en condición de discapacidad ante el Comité Distrital de Discapacidad, conforme lo contempla la Constitución Nacional.
Dicho comité está contemplado en el nivel intermedio de concertación, asesoría consolidación y seguimiento a la política pública de discapacidad en la capital del Atlántico.
El Decreto establece que los candidatos inscribirse ante las respectivas Alcaldías locales, gestoras del proceso, previa demostración de su representatividad.
Pueden aspirar a conformar dicho Comité, bien las personas con discapacidad que desarrollen tareas en favor de esta población o bien organizaciones sin ánimo de lucro que podrán presentar sus planchas para participar en el proceso.
En cuanto a los líderes o personas en condición de discapacidad, que pese a no estar organizadas, cuentan con mínimo dos años de estar trabajando en beneficio de este grupo, podrán también postularse al Comité demostrando su trabajo.
La Alcaldía dará un mes para la inscripción de candidatos, apenas se haga pública la convocatoria.
La Alcaldía de esta manera busca permitir el derecho que tiene toda persona en situación de discapacidad, a intervenir en la toma de decisiones, planificación, ejecución y control de las acciones que los involucran.
La administración distrital de Barranquilla reglamentó mediante el acuerdo 035 del 2013, la organización de los Comités Locales y Distrital de Discapacidad, por lo que estaba en mora de convocar la elección de sus integrantes.