Ministerio de Salud mediante Circular 0017 de marzo 26 de 2019, precisó algunos servicios, procedimientos, medicamentos y tecnologías que se encuentran explícitamente financiados con recursos de la Unidad de Pago por Captación (UPC), advirtiendo que, las EPS deben garantizar los dispositivos médicos cuando sea necesarios e insustituibles para la realización de tecnologías en salud financiadas con recursos de la Unidad de Pago por Captación (UPC).
En este sentido, señala el ministerio que, el kit de glucometría, dispositivos para el manejo de ostomías enterales y urinarias; así como dispositivos de stent coronario, bajo el principio de integralidad, se entienden financiados con recursos de la Unidad de Pago por Captación (UPC).
En materia de medicamentos aclara el ministerio, que de acuerdo con la Resolución 5857 de 2018, existe cobertura implícita en medicamentos como los anestésicos, sedantes, radiofármacos, medios de contrastes, nutriciones parenterales, soluciones y diluyentes, por lo tanto, se encuentran financiados con recursos de la Unidad de Pago por Captación (UPC).
Igualmente, los radiofármacos empleados en los procedimientos de medicina nuclear, de acuerdo con la Resolución 5857 de 2018, se consideran financiados con recursos de la Unidad de Pago por Captación (UPC).