El Ministerio de Salud publicó el proyecto de resolución en el que consigna las condiciones de interoperabilidad, los lineamientos y el conjunto de elementos de datos clínicos para la elaboración de las historias clínicas electrónicas que en adelante deberán utilizar los prestadores de servicios de salud en Colombia.
El propósito es lograr que a los usuarios del sistema se les garantice la atención en cualquier lugar del país, al compartir los datos clínicos, y así dar continuidad en cualquier tratamiento y agilizar el acceso y el ejercicio del derecho fundamental a la salud y a la información, respetando el habeas data y la reserva de la historia clínica.
En ese sentido establece unas directrices que tiene que ver con la confidencialidad, la disponibilidad de la información contenida en la historia clínica. Integralidad de los datos de cada paciente que deben corresponder a la realidad de los hechos que se registran, que deben estar disponibles a través de medios electrónicos con mecanismos de seguridad y privacidad.
Los datos deben brindar oportunidad, es decir estar disponibles para la continuidad de la atención y la toma de decisiones.
Así como seguridad, uniformidad en la información y conceptos y ser veraces.
La historia debe contener elementos básicos de identificación del usuario, del contacto con el servicio de salud, así como información sobre todas las tecnologías y medicamentos que se han utilizado en los procedimientos a que ha sido sometido el paciente.
El documento aclara que cada persona es titular de los datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica, a los cuales tendrán acceso, además del titular, las personas debidamente autorizadas por este y los demás previstos en las normas correspondientes.
Lea aquí el texto complete del proyecto de resolución: Disposiciones-para-la-interoperabilidad-de-la-Historia-Clinica-Electronica-IHCE-