Mediante la Resolución 227 del 2020 el Ministerio de Salud, estableció los nuevos lineamientos técnicos y operacionales del Programa Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis –PNPCT-, que busca fortalecer las acciones de prevención y control de la tuberculosis.
Se indica que las entidades como: INS, Invima, Direcciones departamentales y distritales de salud, laboratorios de Salud Pública, Direcciones Municipales de salud, Entidades Administradoras de Planes de Beneficio -EAPB-, EPS e IPS y el Inpec, deberán fortalecer sus acciones para la prevención y control de la tuberculosis en los niveles departamental, distrital y municipal, y deberán estar encaminadas a la eliminación de esta enfermedad en el país. Para conseguir este objetivo es necesario articular una planeación integral en salud, así como capacitar a sus profesionales.
La información de este plan y sus resultados deberán ser reportados por parte de estas entidades al Ministerio de Salud teniendo cuenta los parámetros establecidos en el capítulo 9 de esta Resolución, del mismo modo estas entidades participantes en el flujo de la información serán responsables del cumplimento del régimen de protección de datos establecidos en las leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014.
Las entidades que no reporten conforme a los lineamientos la información del PNPCT, incurrirán en una infracción a lo establecido en la Ley 1438 de 2011(Art. 114), y dará lugar a las sanciones descritas en el Art. 3 de la Ley 1949 de 2019.
Finalmente, esta ley deroga parcialmente la circular 058 de 2009 en lo que respecta a las acciones programáticas de prevención y control de la tuberculosis y deroga las circulares 001 de 2013 y 055 de 2016.
En total la Resolución contiene 9 anexos, los cuales serán actualizados de acuerdo con la generación de nuevo conocimiento científico e innovación en métodos de tratamiento y diagnóstico de la tuberculosis que el país decida adoptar.
Lea aquí la resolución completa: Resolución-227-del-2020 tuberculosis