Un día de cárcel y una multa de tres salarios mínimos legales vigentes, tendrán que pagar la gerente de la EPS Capital Salud y los integrantes de su junta directiva por no cumplir con un fallo de tutela.
Así lo sentenció el Juzgado 25 civil de Bogotá, el pasado 28 de enero, al resolver una queja por desacato a una tutela que invocó Nataly Ahumada, madre del menor Johan Mateo Hernández Ahumada, quien debía recibir atención médica especial que no le prestó la EPS.
El caso se remonta a agosto de 2012, cuando el Juzgado 17 civil del circuito de Bogotá, ordenó a la entonces EPS Solsalud a que en un término de 48 horas, suministrara el medicamento levirazetan, cita con neuropediatría y transporte para hacerse las terapias para rehabilitación e ir a citas médicas, al menor Hernández Ahumada y a su acompañante, así como la suministro de de medicamentos y procedimientos.
Pasados seis años en que esto venía dándose, el 19 de octubre del año pasado, la mamá del paciente acudió a los estrados judiciales y solicitó un incidente de desacato contra Capital Salud, tras revelar que esta EPS, a la que fue trasladada tras la liquidación de Solsalud, le retiró a su hijo varios de los servicios que habían sido ordenados a favor del menor.
El Juzgado 25 requirió el 22 de octubre a Claudia Constanza Rivero Betancourt, gerente de Capital Salud y a Juan Andrés Gómez Navarro, Maria Victoria Angulo González, Louis Francois Kleyn López, José Mauricio Melo Cárdenas y Francisco Bernate Ochoa, como miembros de la junta directiva de capital salud para que siguieran dando cumplimiento a lo ordenado en la tutela del 2012, o incurrirían en un desacato.
Pero dado que los involucrados no respondieron el llamado del juez, y tampoco se le restablecieron los servicios al menor en cuestión, el Juzgado falló esta semana ordenando el arresto, la multa y el restablecimiento de los servicios dejados de prestar a Johbna Mateo Hernández.