El proyecto determina que la PES, podrá ser presentada ante la Superintendencia Nacional de Salud cuando cualquier ciudadano considere que una EPS o IPS le está vulnerando el derecho fundamental a la salud por la no prestación de un servicio médico en cualquier modalidad. Esta petición contaría con procedimientos y tiempos de resolución prioritarios de cinco días hábiles.
Según explicó Velasco, si la entidad prestadora del servicio no responde o no cumple la orden emitida por la Supersalud, el ciudadano solicitaría a la Procuraduría General de la Nación que resuelva la PES e inicie las acciones disciplinarias correspondientes.
Asimismo, el ciudadano podría ser atendido en cualquier IPS del país sin importar si tiene o no convenio con la EPS y los costos serían asumidos por la Administradora de Recursos del Sistema de Salud (ADRES) y se le descontarían a la EPS. Igualmente, si la vulneración del servicio pusiera en riesgo la vida del paciente, la autoridad administrativa ordenaría la prestación del servicio médico de manera inmediata. La iniciativa también busca crear un régimen de sanciones disciplinarias y pecuniarias por el incumplimiento de lo ordenado por la autoridad cuando resuelva una Petición Especial en Salud.
Finalmente, las entidades que presten servicios de salud deberían implementar, dentro de los tres meses siguientes a la sanción de la ley, un procedimiento especial para cumplir con la PES y su incumplimiento conllevaría sanciones para la entidad.
Luis Fernando Velasco, autor del proyecto, destacó que esta iniciativa tiene como objetivo descongestionar los despachos judiciales de manera significativa y señaló que espera el apoyo de los congresistas para sacar adelante esta iniciativa.
La propuesta aunque llamativa ha generado distintas reacciones que la consideran atentatoria contra el mecanismo de la tutela. La discusión, apenas empieza.