A pesar de que la Ley 715 de 2001 señala en su artículo 51 sobre la contratación de la prestación de servicios en el régimen subsidiado que “las entidades que administran los recursos del Régimen Subsidiado de Salud contratarán y ejecutarán con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas del orden municipal o distrital de la entidad territorial sede del contrato no menos del 40% del valor de la Unidad de Pago por Capitación subsidiada efectivamente contratadas por la respectiva entidad administradora del régimen subsidiado” y que “en el caso de existir en el municipio o distrito respectivo hospitales públicos de mediana o alta complejidad del orden territorial dicha proporción no será menor al 50%”, las EPS se hacen las de la vista gorda, y hay algunas que con toda desfachatez privilegian a su propia red.
Recientemente el mismo ministro de salud Juan Pablo Uribe advirtió que: “el 45% de los hospitales están en riesgo alto, muchos de ellos no facturan lo necesario y sin embargo el 70% de los municipios de Colombia solo cuentan con ellos”.
Si la ley obliga a que las EPS del régimen subsidiado contraten con la red pública el 50 o 60 por ciento de acuerdo con la capacidad resolutiva, no se entiende que la red de servicios de las EPS no esté sustentada básicamente en la red pública, con lo cual los giros directos deberían estar dirigidos en mayor volumen hacia ésta.
Más recientemente se encuentra la expedición de la ley 1608 de 2014, según la cual las EPS cobijadas con algunas de las medias preventivas o de intervención de la Supersalud deben autorizar el 80 por ciento por lo menos, a través de la medida de giro directo, del valor de pago por capitación a los prestadores de servicios de salud.
Por ambas normas y al comprobarse que EPS como Saludvida, Coomeva, Medimás, Cruz Blanca y SOS que se encuentran en medida de vigilancia especial, cumplen las normas sobre pagos con giro directo a medias, la Superintendencia de Salud hizo un llamado para que éstas ajusten los próximos giros, de tal forma que todos los prestadores que garantizan la atención en salud a sus afiliados se beneficien con la liquidez que otorga el giro directo.
Según la entidad, la petición busca evitar concentración de pagos en la red propia de las EPS, que está comprobado es lo que ocurre mes a mes.
Según el superintendente de salud, la solicitud realizada por el ente de control contempla “un ajuste en el giro por $25.843 millones y en el caso de Medimás, se redistribuirá el giro, beneficiando por más de $9.289 millones adicionales a la red pública principalmente”.
El funcionario agregó que “una vez se realice el ajuste continuará el trabajo de verificación periódica y solicitará ajuste a los giros, cuando se evidencie que los pagos se estén concentrando en la red vinculada con la EPS”.
Llama la atención casos como el de la EPS Saludvida, que efectúa sus pagos en su totalidad a través del procedimiento de giro directo y en los últimos cuatro meses ha girado a un solo prestador de servicios la suma de 82 mil millones de pesos, siendo la IPS que mayores recursos recibe de una EPS, representando cerca del 23% del total de los dineros por unidad de pago por capitación que mensualmente recibe la aseguradora.
Por su parte la EPS Coomeva, con medida especial, en los meses de enero, febrero y marzo de 2018, no habría autorizado el giro directo mínimo del 80% de la UPC reconocida a las IPS.
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