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Home Destacados

Supersalud guarda silencio frente a las decisiones que afectan a más de 3 millones 900 mil usuarios de la EPS Medimás

Gala Marcela Peña A. by Gala Marcela Peña A.
May 6, 2019
in Destacados
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La decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, respecto al futuro de la EPS Medimás, mediante dos fallos en que prácticamente ordena anular todo lo actuado en cuanto a la venta que hiciera Cafesalud EPS a los socios que conformaron esta EPS, que son Prestnewco S.A.S. y Prestmed S.A.S., accionistas de Medimás EPS S.A.S. y Esimed S.A., respectivamente, curiosamente se dio a conocer luego de que se dieran dos hechos en particular.

Lo primero, los rumores que fueron confirmados en cuanto a que sí hubo una movida accionaria al interior de la firma Prestnewco SAS, conformada por seis accionistas. Versiones de prensa confirmaron que dos de los accionistas (la Clínica General del Norte y el grupo conformado por Medicalfly y Miocardio) llegaron a acuerdos para la cesión y venta de sus participaciones en esta sociedad. Y que los compradores son SEED Investment SAS y JARP Inversiones SAS, los cuales tendrían la misma participación de los grupos salientes. 

Frente a estos rumores la Superintendencia de Sociedades expidió un comunicado en el que aclara que había advertido a la Superintendencia Nacional de Salud sobre esta venta de acciones durante las visitas administrativas realizadas a las sociedades involucradas, como parte de las actividades que le corresponden al momento en que inició la medida de control a ejercer el pasado mes de diciembre.

Además en su comunicado la Supersociedades indica que “solicitó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca: (i). aclarar de oficio el alcance de la medida cautelar de urgencia a efectos de determinar si la misma incluye abstenerse de negociar y suscribir contrato alguno por el cual se materialice la cesión de la participación accionaria de Prestnewco S.A.S. y Prestmed S.A.S. por parte de sus accionistas, (ii). suspender los efectos de las ventas ya realizadas o por realizar bajo este esquema y, (iii) si fuere del caso, se inicie el incidente de desacato a resolución judicial. Todo lo anterior, conforme a que dichas operaciones conlleva la cesión indirecta de la participación accionaria de Medimás EPS S.A.S. y Esimed S.A.

Y le insistió tanto a la Supersalud como al Tribunal de Cundinamarca que ambas entidades se pronunciaran “de manera urgente ” sobre lo que se estaba dando al interior de las socios accionarios de la EPS para ejercer el debido control que les correspondía.

Luego de este pronunciamiento de la Supersociedades fue que se conocieron los dos fallos del Tribunal, pero aún la Superintendencia Nacional de Salud no se manifiesta sobre el tema.

La más reciente actuación de la Supersalud sobre Medimás fue la Resolución 4344 del 10 de abril de 2019, mediante la cual ordenó medidas cautelares al giro directo que realizaba la EPS Medimás a 48 entidades de su red de prestación de servicios. 

Posterior a esta resolución, la entidad de vigilancia y control del sector salud no ha vuelto a referirse al tema de Medimás.

El comunicado completo de la Superintendencia de Sociedades:

La Superintendencia de Sociedades, en relación con las actuaciones que la Entidad adelanta sobre las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente, se permite informar:

1.    Que las facultades de la Superintendencia de Sociedades, respecto de las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., en principio, no comprenden la autorización de venta de acciones de esas entidades por parte de sus accionistas, toda vez que la supervisión y, específicamente la atribución de control, se ejerce respecto a las actuaciones propias de las sociedades, sus administradores y órganos de control interno.

2.    Que en virtud de las visitas administrativas realizadas conoció y ha puesto en conocimiento de la Superintendencia de Salud, las operaciones de venta de acciones de las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente, para que dentro del marco de sus competencias y conforme con la medida cautelar de urgencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronuncie sobre su competencia frente a dichas operaciones.

3.    Que ha solicitado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca: (i). aclarar de oficio el alcance de la medida cautelar de urgencia a efectos de determinar si la misma incluye abstenerse de negociar y suscribir contrato alguno por el cual se materialice la cesión de la participación accionaria de PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S. por parte de sus accionistas, (ii). suspender los efectos de las ventas ya realizadas o por realizar bajo este esquema y, (iii) si fuere del caso, se inicie el incidente de desacato a resolución judicial. Todo lo anterior, conforme a que dichas operaciones conlleva la cesión indirecta de la participación accionaria de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A.

4.    Que ha solicitado a la Procuraduría General de la Nación un acompañamiento especial y preventivo, respecto de la venta de las acciones de las sociedades PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., por parte de sus accionistas, conforme a que estas sociedades son las dueñas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente.

5.    Que en el ejercicio de sus funciones, y específicamente de la medida administrativa de control que ejerce sobre PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., accionistas de MEDIMAS EPS S.A.S. y ESIMED S.A., respectivamente, continuará realizando todas las acciones dentro del marco de su competencia para garantizar el cumplimiento de la Ley en lo relacionado con la cesión y enajenación de acciones de PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., en cuanto a si: (i) se requiere o no autorización previa de la Superintendencia Nacional de Salud y (ii) al cumplimiento de la medida cautelar de urgencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

6.    Que, igualmente, la Superintendencia de Sociedades está realizando actuaciones administrativas adicionales, tanto de PRESTNEWCO S.A.S. y PRESTMED S.A.S., como de las sociedades compradoras, a efectos de revisar de forma exhaustiva el cumplimiento de la Ley, en los temas que son de su competencia.

Tags: afiliadosMedimás EPSsociosSupersaludSupersociedadesTribunal de Cundinamarcaventa de acciones
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