La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la resolución 011687 aprobó a la EPS Coomeva el plan de ajuste y recuperación financiera que presentó a consideración la entidad, para acogerse a los plazos y tratamiento financiero especial de que trata el Decreto 780 de 2016.
Sin embargo la entidad de control hizo varias advertencias a la EPS en diferentes aspectos.
Frente al ingreso de nuevos capitales, Coomeva deberá deberá realizar solicitud de aprobación previa ante Ia Superintendencia, “pues constituyen dos actos diferentes, uno el presente plan de ajuste, y otro, el de Ia creación de nuevos estatutos, a partir de Ia entrada de nuevos socios, con sus respectivos capitales. Así mismo la deberá seguir lo establecido e la circular externa 009 de 2016, en caso de que haya capitalización o ingreso de socios, o inyección de nuevos capitales a la entidad.
Advierte la Supersalud que Coomeva deberá cumplir a cabalidad con el compromiso de capitalización informado en el Plan de Ajuste, ya que de no lograrse podría generar un incumplimiento de los indicadores exigidos en las condiciones financieras de permanencia y solvencia y de las proyecciones.
Además le recuerda a la EPS que los plazos del plan de ajuste “no están ligados a los compromisos de pago de acreencias que se tienen con sus proveedores y en ningún momento se deben utilizar como condición obligatoria para los nuevos contratos de prestación de servicios ni los acuerdos que se generen en los procesos de conciliación de cartera que se realicen, teniendo en cuenta que dichos acuerdos deben ser concertados entre el acreedor y Ia EPS.
También deja en claro la Superintendencia que los recursos obtenidos vía capitalizaciones en efectivo deben ser destinados para el pago de obligaciones relacionadas con Ia prestación de servicios de salud, en un escenario que priorice Ia cartera con mayor antigüedad.
Coomeva debe “abstenerse de realizar cualquier operación que privilegie la contratación y el pago de servicios con algunos prestadores de servicios de salud, en detrimento de otros prestadores y, en dicho marco, toda Ia información de contratación y pagos deberá ser transparente y pública.
También le indica que las proyecciones financieras del plan de ajuste, se sustentan en el cumplimiento de las metas de gestión asociadas a! Modelo de Atención en Salud; de forma que, cualquier incumplimiento en dicho modelo, afectará directamente los resultados del modelo financiero objeto de análisis.
Y agrega que “En ese orden de ideas, cobran relevancia todas las acciones de mitigación que pueda adelantar la entidad para evitar incurrir en pérdidas no previstas, derivadas del deterioro de las condiciones de salud de Ia población afiliada o Ia materialización de riesgos operativos en su actividad de aseguramiento.
Coomeva además tendrá que demostrar aumento en las coberturas de atención a través de Ia red de prestación de servicios en salud en condiciones de calidad y oportunidad a la población afiliada.
Finalmente le advierte que debe definir los mecanismos para garantizar que la disminución de la morbilidad, reflejada en la disminución de consumo de servicios sea atribuible a una mejora en las condiciones de salud de la población afiliada y no a la generación de barreras administrativas para el acceso a servicios de mayor complejidad.
En total la Superintendencia de Salud le hace un total de 20 advertencias a Coomeva EPS, las cuales debe cumplir al pie de la letra para seguir funcionando.