Los postulantes a cargos en la Supersalud cuentan con un nuevo sitio web para su inscripción y registro”.
Dando cumplimiento a la Resolución 2599 de 2016, la Supersalud implementó el nuevo portal web de registro RILCO, mediante el cual los aspirantes a cargos de agentes interventores, liquidadores y contralores de entidades en medida especial podrán iniciar el proceso de inscripción.
La herramienta estará disponible en www.rilco.supersalud.gov.co desde el 19 de mayo hasta el 15 de julio de 2017.
El aplicativo está disponible para consulta pública en internet y será permanentemente actualizado con base en los cambios que se den dentro del mismo.
Podrán crear una cuenta de ingreso a RILCO tanto personas naturales, como personas jurídicas.
Requisitos para ser agente interventor de la Supersalud
El agente interventor puede ser una persona natural o jurídica. Su función es participar en la medida de toma de posesión o de intervención forzosa administrativa, por tanto actúa como representante legal y administrador de la entidad objeto de la medida para lograr el aseguramiento en salud y la continuidad en la garantía de los derechos de salud de los usuarios y del objeto social.
Si bien todos los interesados a cargos en la Supersalud deben acreditar unos requisitos comunes de documentación, los aspirantes a interventores necesitan unos requisitos adicionales según la categoría a la que se postulen. Estos los encuentran en la Resolución 2599 de 2016.
Los aspirantes deben demostrar experiencia mínima de tres años en el cumplimiento de labores de nivel directivo o asesor de entidades del sector salud, título profesional en Administración de Empresas, Administración de Negocios, Derecho, Ciencias de la Salud, Contaduría Pública, Ingeniería, Finanzas, Economía o profesiones afines o posgrados en administración.
En el caso de las personas jurídicas deben acreditar que su objeto social incluye actividades relacionadas con la operación de entidades del sector salud.
Registro en RILCO de Supersalud
Para registrarse, las personas naturales solo requieren nombre de usuario, tipo y número de identificación, correo electrónico, nombres y apellidos, tipo de registro, ciudad de domicilio y dirección de domicilio.
Por su parte, las personas jurídicas requieren la razón social de la empresa y el número de N.I.T.