A sus 33 semana de gestación, Daisy Elizabeth Tavares Vargas, le solicita a la EPS Sanitas, que su parto sea atendido en la Clínica Palermo de Bogotá y no en el Hospital Méderi como lo indica la entidad promotora de salud.
Daisy, una mujer de 31 años de edad, sustenta su petición en el hecho de que su primer parto fue atendido en la Clínica Palermo, una institución de segundo nivel, donde le brindaron atención humanizada; a diferencia de Méderi, un hospital de cuarto nivel, donde atiende muchos partos y presiente que la atención no es personalizada.
La usuaria ha escuchado que los afiliados del sistema de salud en Colombia, tienen derecho a escoger al prestador de servicios de salud, lo que hoy cree que en realidad es una falacia para los usuarios.
En la Ley 1438 se introdujo el principio de la libre escogencia, en virtud del cual los usuarios tendrán la libertad de escoger la Entidad Promotora de salud y los prestadores de servidos de salud.