
Mientras a más de 31.000 colombianos se les niegan servicios POS, se amplió el plan de beneficios en salud que da cobertura a servicios y medicamentos”.
El Ministerio de Salud y Protección Social dio a conocer las modificaciones al plan de beneficios en salud al que tendrán derecho en el 2017 los afiliados del sistema general de seguridad social, es decir lo que se conoce como servicios y medicamentos POS.
La cobertura para los usuarios del sistema de salud quedó estipulada a través de la Resolución 6408 de 2016. Dicha norma también incrementó en 8,20% del valor de la Unidad de Pago por Capitación -UPC-, es decir el valor anual que se admitirá a las EPS por cada uno de sus afiliados.
Pese a la actualización de cobertura, cabe recordar que en Colombia la norma no es tan efectiva como parece, pues a diario pacientes de las distintas EPS deben emprender acciones de tutela para reclamar servicios y medicamentos que tienen cobertura obligatoria.
El último reporte de los indicadores de calidad de las EPS de la Supersalud revela que tan solo en el primer semestre de 2016 los colombianos han tenido que interponer más de 31 mil tutelas para reclamar servicios POS. Los usuarios del régimen contributivo son los más afectados. De las 31 mil tutelas, 19.340 corresponden a usuarios pertenecientes al régimen contributivo y 11.624 al régimen subsidiado.
El 30% de los servicios POS negados en ese periodo eran requeridos por pacientes de Cafesalud. Otras de las EPS que encabezan la lista son la Nueva EPS, Savia Salud, Coomeva y Salud Total.

Principales modificaciones al plan de beneficios
Según conoció opinionysalud.com.co, Minsalud eliminó del plan de beneficios el límite para el suministro de tirilla y lancetas mensuales para los pacientes con insulina, de tal manera que el suministro de estos productos dependerá únicamente del criterio del médico tratante y de acuerdo con las Guías de Práctica Clínica.
En lo que tiene que ver con los medicamentos POS con cargo a la UPC, el 100% de las concentraciones, es decir la cantidad del principio activo que se puede expresar en miligramos (mg), microgramos (mcg), gramos (g), entre otros; y el 74% de las formas farmacéuticas (forma física como se presenta un medicamento, bien sea en crema, tableta, cápsula, solución oral, solución oftálmica, gel, jarabe, etc.) deben ser suministradas por las EPS desde el mes de enero de 2017.




